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Para los efectos legales correspondientes, en caso de fallecimiento
de un nacional guatemalteco fuera del territorio nacional, se debe
iniciar el trámite de la inscripción de su defunción en la Embajada
ó Consulado de Guatemala más cercano al lugar en el que se produjo
el deceso, el cual notificará al Registro Civil de Guatemala a la
brevedad posible. Los requisitos para este trámite son los
siguientes:
Certificado de Defunción
expedido por el Estado donde ocurrió la
defunción. Este certificado debe incluir los siguientes datos:
Nombres y apellidos, nacionalidad, fecha de nacimiento, sexo,
ocupación y dirección de la persona fallecida. También los
siguientes datos acerca del hecho: Lugar y fecha donde ocurrió el
deceso, causa de la defunción y nombre del médico que declaró el
deceso, Documento de Identificación de la persona fallecida Cédula
de Vecindad ó Pasaporte y Partida de Nacimiento reciente
(obligatoria)
Documento de Identificación del declarante
Cédula de Vecindad ó Pasaporte Vigente, parentesco con el fallecido,
Original y dos (2) juegos de fotocopias de todos los documentos
presentados.
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